La Dirección General de Tributos confirma el tratamiento fiscal de los instrumentos híbridos emitidos por entidades españolas.
7 June 2021
Recientemente, la Dirección General de Tributos (DGT) ha emitido una resolución en respuesta a una consulta vinculante (V0143-21) donde confirma la deducibilidad fiscal de la remuneración de los instrumentos híbridos emitidos por entidades españolas. La principal novedad de esta resolución es que desvincula el tratamiento contable del instrumento del carácter de gasto fiscalmente deducible de dicha remuneración.
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